Se denomina Ficha Policial o Ficha Delictiva al documento que contiene de manera esquemática o resumida, los antecedentes delictivos o policiales de una persona. Por la investigación de un delito o falta de los contenidos en las leyes penales o en materia administrativa.
Son llevadas por los cuerpos de seguridad del Estado, fuerzas militares policiales y por órganos administrativos, derivan de la instrucción penal o administrativa y pueden ser utilizadas por los organismos administrativos y judiciales.
Relacionan igualmente la información que vincula a una persona con actuaciones o investigaciones tendentes a la prevención de faltas o infracciones administrativas o penales.
Aunque por lo general son de uso interno de los órganos de seguridad, las fichas policiales pueden ser solicitadas por los organismos de justicia, a los fines de comprobar la buena conducta predelictual de una persona.
Es un documento vinculado con los procedimientos penales o administrativos que emanan de los organismos competentes. Tienen como fin el de llevar el registro, control y clasificación de toda la información básica de las conclusiones a las que se llegó en los procedimientos investigativos policiales.
Contiene los datos personales del investigado, además de toda la información relacionada con su detención, así como la vinculación que puedan tener otros participantes en los hechos delictivos.
Se diferencian de los Antecedentes Penales, en que éstos derivan de una condena penal por sentencia definitivamente firme, decretada por los tribunales de justicia, en el marco de un procedimiento penal.
Consecuencias de poseer una ficha policial o delictiva
Dado que la ficha policial contiene los antecedentes policiales de una determinada persona, puede conllevar consecuencias negativas para dicha persona.
La principal consecuencia desfavorables es la que surge por entenderse la ficha policial, como presunción de un mal comportamiento ciudadano, en detrimento de consideraciones vinculadas con posteriores procedimientos judiciales.
Es decir, la existencia de una ficha policial, no habla muy bien de una persona, en el momento de solicitar algún beneficio, consideración o atenuante por buen comportamiento en un procedimiento penal.
La ficha policial es solicitada por los organismos de justicia, por ende, poseerlos no son beneficiosos para persona involucrada en una investigación o juicio penal.
En el caso de extranjeros, el poseer una ficha de antecedentes policiales o ficha policial, que evidencie su participación como implicado en investigación o procedimientos policiales, militares policiale o administrativos, conlleva a la negación de permisos de trabajo o de residencia.
Por otro lado, el comportamiento de los agentes policiales en una investigación por falta o delito, se ve modificada cuando se comprueba que una determinada persona posee antecedentes policiales. En tal sentido, puede que el agente policial no tenga las mismas consideraciones con la persona que posea una ficha policial que con otra que no la posea.
Modelo de Ficha Policial o Delictiva / FORMATO
Existen varios modelos de ficha policial o delictiva, cada organismo policial, administrativo o militar policial puede crear y tener su propio formato, de acuerdo a los requerimientos que considere necesarios.
Seguidamente se suministra un formato de ficha policial o delictiva con los datos básicos que debe contener:
Organismo Policial, Administrativo o Militar Policial: | ||
Nro. De expediente: | ||
Fecha: | ||
Fotos:
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Huellas dactilares: | |
DATOS PERSONALES | ||
Apellidos: | Nombres: | |
Documento de Identidad: | Seudónimo o alias: | |
Fecha de Nacimiento: | Sexo: | |
Nacionalidad: | Estado Civil: | |
Profesión u ocupación: | Residencia: | |
Talla: | Peso: | |
Color de ojos: | Color de cabello: | |
Marcas distintivas: | Raza: | |
HISTORIAL | ||
Fecha: | Delito o falta: | |
Hechos:
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Fecha: | Delito o falta: | |
Hechos:
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Ejemplo y cancelación de la Ficha Policial
Una persona puede tener una ficha policial, contentiva de antecedentes policiales y no poseer antecedentes penales. Ello puede ocurrir si, por ejemplo, una persona resulta investigada y rinde declaración en un proceso investigativo policial, administrativo o militar policial, ya tiene creada su ficha policial.
Si después esa ficha policial es solicitada en un procedimiento penal, pero luego del mismo resulta archivado el caso o desechado, la persona continua con su ficha policial, más no con antecedentes penales.
En atención a la naturaleza de la ficha policial, ésta puede ser modificada, rectificada o anulada, por requerimientos de la parte interesada, previa comprobación de los argumentos y razones que llevan a efectuar la solicitud y procede luego de la cancelación de los antecedentes penales.
La otra forma consiste en la cancelación o anulación efectuada de oficio por los organismos policiales, administrativos o militares policiales. Esto se da una vez que haya transcurrido el tiempo para que opere la prescripción de la acción penal, por los delitos o faltas contenidos en la ficha policial.
También opera cuando proceda el archivo por sobreseimiento de la causa o absolución, siempre que no surjan nuevos datos o investigaciones policiales, que den origen a antecedentes policiales.